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Modelo para intimar la entrega de certificados de trabajo

Al terminar la relación laboral, el empleador debe entregar el certificado de trabajo y las constancias de aportes (art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744). Si no lo hace, el trabajador puede intimarlo una vez pasados 30 días corridos desde la extinción del contrato (Decreto 146/2001, art. 3). Como es una comunicación laboral, el trabajador puede enviarla gratis por telegrama laboral (Ley 23.789).

Texto del modelo

Copiá el texto, reemplazá lo que está entre corchetes y pegalo en la aplicación para imprimirlo sobre el formulario.

Habiéndose extinguido la relación laboral que me unía con Uds. el día [FECHA DE EGRESO], y habiendo transcurrido el plazo de treinta días corridos previsto por el art. 3 del Decreto 146/2001, INTIMO a Uds. para que en el plazo de DOS (2) días hábiles me hagan entrega del certificado de trabajo y de las constancias documentadas de ingreso de aportes y contribuciones previstos en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, bajo apercibimiento de reclamar judicialmente su entrega y las sanciones que por ley correspondan. Queda Ud. debidamente notificado.

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Importante: estos modelos son orientativos y no reemplazan el asesoramiento de un abogado. Adaptá los datos, montos y plazos a tu caso. Carta Documento Fácil no está afiliada al Correo Argentino.

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